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Mostrando entradas de agosto, 2019

Lesión Enorme en la Compraventa

LESIÓN ENORME. Ya tuvimos oportunidad de analizar los requisitos del precio, dentro de los cuales no se incluyó de manera intencional  que  precio fuera justo, toda vez que doctrinalmente hablando se ha entendido que este no es un requisito para la existencia del precio sino de equilibrio contractual. De allí que la injusticia del precio conduzca a una nulidad y no a una inexistencia.  Se regula de los artículos 1946 a 1954 CC. ARTICULO 1946. RESCISION POR LESION ENORME. El contrato de compraventa podrá rescindirse por lesión enorme.    ARTICULO 1947. CONCEPTO DE LESION ENORME. El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende; y el comprador a su vez sufre lesión enorme, cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ella.    Nota: El justo precio se mira al tiempo de celebrar el contrato y no de la tradición (modo) .    ORIGEN HISTORICO. En la anti
Taller  3.  Lectura de Sentencias.  CONTRATO DE PROMESA. DIFERENCIA ENTRE ARRAS DE RESTRACTACIÓN Y CLÁUSULA PENAL . CONTRATO DE PROMESA. NULIDAD POR INDETERMINACIÓN DE PLAZO O CONDICIÓN.

Contrato de Compraventa

LA COMPRAVENTA CIVIL.   (Tomado del Libro “LOS PRINCIPALES CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES” del Profesor JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ. Tomo II. Sexta Edición. 2003.) El artículo 1849 del Código Civil define la compraventa como "El contrato en las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero". Es el más frecuente e importante de los contratos. El hombre, en sí, necesita adquirir o disponer de las cosas; para ello requiere de un vínculo jurídico, que se obtiene, la mayoría de las veces, por medio de la compraventa, vulgarmente se conoce como compra o venta, recogiendo la idea general del contrato. De ahí que se diga contrato de compra o contrato de venta, para denotar la compraventa. Controversias se han presentado y, seguramente, se seguirán presentando en la interpretación de este vocablo; hay dos corrientes respetables y opuestas, por decirlo así, alrededor de este tema. Cronológicamente, la compraventa no es el primero de los contratos